Solo deben realizar la toma de muestras de
mercancías peligrosas aquellos agentes con una formación específica para la manipulación de este tipo de mercancías. De no contar con ninguno, se podrá recurrir a un contratista, aunque la situación puede ser distinta en los diferentes Estados miembros. En el anexo 1 se facilita una lista de mercancías peligrosas habituales basada en los códigos NC. Se trata de una herramienta útil para reconocer los productos peligrosos. Tenga presente que la lista no es exhaustiva y que productos no mencionados en ella también pueden ser peligrosos.
En caso de duda acerca del riesgo para la seguridad de un muestreo, debe solicitar al importador más información acerca del pliego de condiciones y de las normativas de seguridad (por ej., la
MSDS). Si las dudas persisten, consulte al laboratorio de aduanas para obtener información complementaria e instrucciones. Cuando no existan riesgos para la seguridad, podrá obtener la muestra usted mismo, teniendo presentes las
precauciones generales de seguridad y las instrucciones generales y específicas para el muestreo.
ADVERTENCIA:
La información del producto o las hojas de datos con frecuencia contienen instrucciones generales sobre seguridad relativas a las precauciones y la higiene. Estas precauciones normales no deben ser motivo para consultar al contratista.
La presente guía sobre muestreo de mercancías peligrosas no contempla los siguientes productos:
- Envases de consumo: Usted mismo puede obtener las muestras de los envases de consumo, siempre que los envases sean profesionales, estén cerrados y no tengan daños. La directriz acerca de los envases pequeños para el consumo de mercancías peligrosas establece un contenido máximo de 2 kg o 2 L.
- Puesto que son extremadamente peligrosos nunca debe obtener muestras de los siguientes productos (¡ni siquiera cuando vengan en envases de consumo!):
El personal de aduanas no debe obtener muestras de estos productos extremadamente peligrosos; en caso necesario, deberán encargarse de ello los organismos oficiales competentes.
Puede obtener más información en la sección «Comprobar la información disponible acerca de las mercancías».
- El servicio aduanero no obtiene muestras de algunos productos concretos porque se han alcanzado acuerdos especiales con otros organismos oficiales, en función de la normativa local del Estado miembro.
Cuando resulte evidente a partir de la descripción de las mercancías que éstas son peligrosas, debe consultar al contratista encargado del muestreo. Habrá que ofrecer la siguiente información al contratista:
- Nombre técnico de la sustancia;
- Número CAS;
- Número ONU, por ej.: metilbromuro CAS 74-83-9, ONU 1062;
- Hoja de datos de seguridad de materiales (MSDS).
El contratista deberá tomar nota de esta información y confirmar la solicitud.
En todos los casos son los agentes del servicio aduanero los encargados del muestreo. Concierte una hora y un lugar para la toma de la muestra con el contratista y supervísele mientras realiza su trabajo. Observe la toma de la muestra desde una distancia prudencial. A menos que el contratista recomiende lo contrario, no debería necesitar un equipo de protección personal especial. Consulte al contratista para saber cuál es la distancia de seguridad en el caso de esas mercancías concretas, tomando en cuenta la ubicación, la ventilación y otros factores relevantes.
Usted es el responsable de que la muestra se precinte y etiquete correctamente, ya que el contratista debe realizar esta tarea bajo su supervisión. Habrá que poner las etiquetas adecuadas (clase de peligro y símbolo) en la muestra y adjuntar una copia de la MSDS al formulario de la muestra.
Habrá que coordinar un transporte adecuado hasta el laboratorio del servicio aduanero teniendo presentes las normas relativas al transporte de mercancías peligrosas.
En caso de que las mercancías no coincidan con la información facilitada (etiquetado, clase de peligro, documentos), usted sigue siendo la persona responsable, tanto si cuenta con el asesoramiento o el apoyo del contratista como si no. En caso de duda, consulte la exactitud de la información y las discrepancias con el laboratorio y sus superiores.
Anexo 1
Lista no exhaustiva de mercancías peligrosas basada en los códigos de la nomenclatura combinada aplicable a partir del 1.1.2021 (Diario Oficial de la Unión Europea L 361, de 31 de octubre de 2020) *
ADVERTENCIA:
- Esta lista pretende ayudarle a reconocer los productos químicos peligrosos más habituales. Que una sustancia no esté incluida aquí, no significa que no sea peligrosa.
- Compruebe esta lista si decide que el producto no pertenece a la categoría de productos extremadamente peligrosos que no deben ser objeto de muestreo por las autoridades aduaneras, sino por otros organismos oficiales competentes, en caso necesario. Esta lista solo tiene carácter informativo y no es exhaustiva.
La obtención de muestras de estos productos debe ser realizada por un contratista.
Normalmente, en el caso de productos envasados acondicionados para la venta ala por menor, puede tomar una muestra usted mismo. No abra esos envases para tomar muestras (véase la ficha de muestreo correspondiente a los envases para la venta al por menor).
Si se encuentra con un producto que esté enumerado aquí pero cree que no es peligroso, consulte a su laboratorio para que le asesoren.
| Partidas y subpartidas | Observaciones |
| 2207 | |
| 2522 | |
| 2524 | |
| 2612 | |
| 2705 - 2711 | |
| 2801 | |
| 2804 10 - 2804 50 90 | |
| 2804 70 - 2804 90 | |
| 2805 - 2809 | |
| 2811 11 - 2811 21 | |
| 2811 22 | En forma de polvo extremadamente fino |
| 2811 29 | |
| 2812 - 2817 | |
| 2823 - 2830 | |
| 2837 | |
| 2839 | En fase líquida |
| 2844 | Compuestos radiactivos: el muestreo no lo realizan las autoridades aduaneras ni un contratista |
| 2845 - 2850 | |
| 2852 | |
| 2853.10 | |
| 2853.9090 | |
| 2901 - 2939 | |
| 2941 | |
| 2942 | |
| 3001 - 3003 | |
| 3006 20 - 3006 30 | |
| 3006 60 | |
| 3006 70 | |
| 3006 92 | |
| 3102 30 90 | Estabilizado |
No estabilizado. Producto explosivo: el muestro no pueden realizarlo ni el servicio aduanero ni un contratista |
| 3201 - 3212 | |
| 3214 - 3215 | |
| 3301 - 3302 | |
| 3403 | |
| 3601 - 3604 | |
| 3805 - 3807 | |
| 3809 91 - 3815 | |
| 3817 | |
| 3818 | |
| 3822 | |
| 3824 71 - 3824 99 | |
| 3825 | |
| 3826 | |
| 3901 – 3912 | Solo cuando liquido |
| 3912 2019 | Si no está estabilizado |
| 4005 20 | Solo cuando liquido |
| 6811 40 | |
| 6812 | |
| 6813 20 | |
| 8101 - 8112 | En polvo |
| 8112 51 - 8112 59 | |